CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES

En Kira Rompao Sánchez – Abogados contamos con una dilatada experiencia en la cancelación de antecedentes policiales y penales.

Cuando una persona es detenida, llevada a Comisaría o al retén de la Guardia Civil y se le toman los datos y huellas, con independencia de que posteriormente sea puesta en libertad o de que se inicie un procedimiento judicial o, en su caso, éste acabe en sentencia condenatoria, esa reseña es incluida en los archivos de la Policía o de la Guardia Civil, dando lugar a los denominados antecedentes policiales.

De la misma manera toda condena en sentencia firme como resultado de la comisión de un delito, es inscrita en el Registro Central de Penados y Rebeldes, generándose con ello lo que comúnmente se conoce como antecedente penal, siendo irrelevante que el cumplimiento de la pena se haya cumplido o no en un centro penitenciario o si la misma ha sido suspendida o sustituida.

ABOGADO PARA CANCELAR ANTECEDENTES

Lo cierto, es que cualquier tipo de condena, cuando lo es por delito, debe comunicarse al Registro Central de Penados y Rebeldes y conlleva, en consecuencia, la aparición del correlativo antecedente penal.

Con la Reforma operada recientemente en el Código Penal los antecedentes penales han cobrado especial relevancia, como consecuencia de la fulminante desaparición de las faltas. Desde Julio de 2015, algunas conductas que antes eran consideradas como falta, ahora son tipificadas como delitos leves, lo que supone que el más mínimo desliz puede generar un antecedente penal.

Pocas personas son conscientes de que es crucial cancelar sus antecedentes policiales y/o penales, nada más se cumplan las condiciones para ello. Debe tenerse en cuenta, por ejemplo, que la mera tenencia de antecedentes penales imposibilita acceder a puestos de trabajo en el sector público – y, en ocasiones, en el sector privado- o a la obtención de una autorización inicial de estancia/residencia o de multitud de licencias administrativas. Por su parte, la simple constancia de una reseña policial puede suponer la denegación de la nacionalidad española; todo ello, sin contar la mácula que supone en nuestro expediente la existencia de este tipo de antecedentes, ya sean penales o policiales.

¿En qué consiste la cancelación de antecedentes?

Hay una diferencia entre antecedentes penales y antecedentes policiales. Los penales constan en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia desde el momento en que se condena a una persona por cometer un delito.

Los policiales se registran en las bases de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Estos son la policía nacional o cualquiera de sus vertientes autonómicas, la guardia civil o las corporaciones locales de la policía. En cualquier intervención que realizan las fuerzas de seguridad mencionadas se generan este tipo de antecedentes.

En ambos casos es posible la cancelación de los antecedentes.Para la cancelar los antecedentes derivados de un delito penal se abre un plazo de espera para su anulación una vez cumplida la totalidad de la condena. Dicho periodo puede oscilar entre los seis meses a los diez años para penas muy graves. Es imprescindible no delinquir durante el transcurso de ese tiempo.

La cancelación de los antecedentes policiales está sujeta a la Ley 15/1999 del 13 de diciembre recogido en el artículo 22.4. Es necesario que un abogado penal experto en trámites de esta índole participe en el proceso.

CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES Y/O PENALES

Desde Kira Rompao Sánchez - Abogados ofrecemos asesoramiento y asistencia para cancelar ambos tipos de antecedentes –policiales y/o penales-, a fin de guiar y facilitar a nuestros clientes en ese pesado y, en no pocas ocasiones, complicado proceso burocrático en el que es necesario adentrarse para lograrlo.

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